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LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY NO. 683, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2009
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
Número: 707
Código de iniciativa:
Aprobado: 16/10/2009
Publicado: 19/10/2009
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY NO. 683, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2009

LEY No 707, Aprobada el 16 de Octubre del 2009

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 197 del 19 de Octubre del 2009

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,

LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY No 683, “LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2009”

Artículo 1 Redúzcase el Presupuesto General de Ingreso para el ejercicio presupuestario 2009 en la suma de C$ 1,219,748,729.00 (UN MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos contenidas en el Anexo No I y Anexo No I A.

Art. 2 Redúzcase el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2009 en la suma de C$ 613,208,640.00 (SEISCIENTOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 492,357.00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastos corrientes y C$ 612,2716,283.00 (SEISCIENTOS DOCE MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:

I. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle se presenta en el Anexo No II.

1. A la Asamblea Nacional la suma de C$ 15,155, 000.00 (QUINCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

2. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$ 24,528,345.00 (VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corrientes.

3. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$ 1,282,000.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

4. A la Contraloría General de la República la suma de C$ 842,000.00 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gastos corriente.

5. A la Presidencia de la República la suma de C$ 2,826,000.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

6. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$ 3,451,903.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 1,303,000.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS TRES MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 2,148,903.00 (DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto capital.

7. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$ 3,068,981.00 (TRES MILLONES SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8. Al Ministerio de Defensa la suma C$ 3,931,000.00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

9. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de C$ 44,902,557.00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 21,307,789.00 (VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 23,594,768.00 ( VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

10. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio la suma de C$ 90,972,307.00 (NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 27,645,309.00 (VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 63,326,998.00 (SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

11. Al Ministerio Agropecuario y Forestal la suma de C$ 188,971,000.00 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 10,995,182.00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 177,975,818.00 (CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital.

12. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de C$ 34,542,379.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y C$ 33,242,379.00 (TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

13. Al Ministerio del Trabajo la suma de C$ 5,696,000.00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 4,232,000.00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 1,464,000.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

14. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales la suma de C$ 10,061,092.00 (DIEZ MILLONES SESENTA Y UN MIL NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 96,000.00 (NOVENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastos corriente y C$ 9,965,092.00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

15. Al Ministerio de Energía y Minas la suma de C$ 23,440,234.00 (VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 2,507,00.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 20,933,234.00 (VEINTE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de C$ 324,573,036.00 (TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales la suma de C$ 73,289,747.00 (SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 251,283,289.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:

16.1 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal la suma de C$ 15,086,731.00 (QUINCE MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETO), de los cuales C$ 1,938,031.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 13,148,700.00 (TRECE MILLONES CIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto capital.

16.2 Al Instituto de Desarrollo Rural la suma de C$ 25,785,532.00 (VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 25,423,532.00 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.3 Al Instituto Nicaragüense de Turismo la suma de C$ 23,170.000.00 (VEINTITRÉS MILLONES CIENTO SETENTA MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 14,031,000.00 (CATORCE MILLONES TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y C$ 9,139,000.00 (NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.4 Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura la suma de C$ 3,133,088.00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) que corresponden a gasto corriente.

16.5 A la Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres la suma de C$ 5,300,000.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 1,667,000.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 3,633,000.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.6 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia la suma de C$ 28,603,048.00 (VEINTIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 3,623,000.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 24,980,048.00 (VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.7 A la Financiera Nicaragüense de Inversión la suma de C$ 3,045,000.00 (TRES MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.8 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte la suma de C$ 23,316,700.00 (VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 1,320,000.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTE MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 21,996,700.00 (VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.9 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Sur la suma de C$ 1,004,000,00 (UN MILLÓN CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.10 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados la suma de C$ 5,126,280.00 (CINCO MILLONES CIENTO VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) de los cuales C$ 2,350,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 2,776,280.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.11 Al Instituto de Cultura la suma de C$ 3,300,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.12 A la Dirección General de Ingreso la suma de C$ 3,165,000,00 (TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.13 Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural la suma de C$ 4,674,439.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 233,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastos corrientes y C$ 4,441,439.00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.14 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos la suma de C$ 111,000.00 (CIENTO ONCE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.15 Al Ministerio Público la suma de C$ 659,000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.16 A las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior la suma de C$ 36,792,518.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 18,397,518.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 18,395,000.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.17 Al Consejo Nacional de Planificación Económica Social la suma de C$ 2,702,000.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 2,610.000.00(DOS MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 92,000.00 (NOVENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.18 Al Consejo Nacional de Deporte, la Educación y la Recreación Física la suma de C$ 4,981,000.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 1,542,114.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CATORCE CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y C$ 3,434,886.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.19 A la Partida Transferencia Municipal la suma de C$ 55,807,369.00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 16,010,165.00 (DIECISÉIS MILLONES DIEZ MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 39,797,204.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad al Anexo No II-A.

16.20 A la Partida de Pensión Vitalicia a Ex – Presidentes y Ex – Vicepresidentes la suma de C$ 600,000,00 (SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.21 Al Banco de la Producción (PRODUZCAMOS) la suma de C$ 50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.22 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la Planificación Estratégica y la Preinversión la suma de C$ 27,676,500.00 (VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.23 A la Secretaria de Integración Económica Centroamericana la suma de C$ 74,900.00 (SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.24 A la Corte Centroamericana de Justicia la suma de C$ 148,931.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN CÓRDOBA NETOS) en gasto corriente.

16.25 Al Consejo Nacional del Café la suma de C$ 190.000.00(CIENTO NOVENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.26 A la Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario la suma de C$ 120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

17. Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$ 2,760,396.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

II. Increméntese a las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle se presenta en el Anexo No III.

1. A la Presidencia de la República la suma de C$ 74,390.00 (SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

2. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$ 3,000,000,00 (TRES MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente. Este gasto deberá ser utilizado para verificaciones de las elecciones municipales de la Costa Atlántica.

3. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$ 16,800,000.00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETO), de los cuales C$ 11,800.000.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

4. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$ 3,700,000.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

5. Al Ministerio de Defensa la suma de C$ 17,500.000.00 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, para el ejército de Nicaragua.

6. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de C$ 21,177,412.00 (VEINTIÚN MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

7. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) la suma de C$ 15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de Capital los que serán utilizados para la rehabilitación de Caminos Rurales Productivos en coordinación con las Alcaldías municipales.

8. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de 92,163,158.00 (NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) de los cuales C$ 73,873,721.00 (SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y C$ 18,289,437.00 (DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:

8.1 A la partida Transferencia Municipal la suma de C$ 4,052,735.00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, de conformidad al Anexo No III-A.

8.2 La Dirección General de Ingreso la Suma de C$ 13,000.000.00 (TRECE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 3,324,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 9,676,000.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

8.3 A la Dirección General de Servicio Aduaneros la suma de C$ 6,600,000.00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 486,563.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$ 6,113,437.00 (SEIS MILLONES CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto capital.

8.4 Al Instituto Tecnológico Nacional la suma de C$ 1,500,000.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8.5 Al Instituto de Estudios e Investigación Jurídica la suma de C$ 246,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8.6 Al Subsidio de Energía en Asentamientos en barrios económicamente vulnerable la suma de C$ 24,669,450.00 (VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8.7 Al Ordenamiento de la Propiedad la suma de C$ 24,309,363.00 (VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

8.8 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación y la Recreación Física la suma de C$ 5,785,610.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) en gastos corriente, destinado para la preparación y participación de la Selección de Béisbol en la Copa Mundial.

9. Al Servicio de la Deuda Pública Interna la suma de C$ 10,380,630.00 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, de los cuales C$ 10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a Comisiones por nuevas colocaciones de Bonos de la República y Letras de Tesorería y C$ 380,630.00 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS) a intereses por deuda con Ex trabajadores de las Textileras.

III. Reasígnese las partidas presupuestaria intra-institucionales por un monto de C$ 170,555,896.00 (CIENTO SETENTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), cuyo montos y detalles se presenta en el Anexo No IV y Anexo No IV-A.

Art.3 Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingreso y del Presupuesto General de Egreso, aumentase el déficit Fiscal en la Suma de C$ 606,540,089.00 (SEISCIENTOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS).

Art. 4 Redúzcase en el Presupuesto General de la República 2009 el monto de C$ 135,162,415.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Art. 2 de esta Ley.

Art. 5 Redúzcase la suma de C$ 143,751,811.00 (CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ONCE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolso del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Art. 2 de esta Ley.

Art. 6 Increméntese la suma de C$ 14,900,000.00 (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) al rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo No V.

Art. 7. Increméntese la suma de C$ 10,119,370.00 (DIEZ MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA CÓRDOBAS NETOS) del rubro de amortización del servicio de la deuda pública interna, producto de reducción y aumento según detalle en Anexo No V.

Art. 8. Increméntese la emisión de Bonos de la República de Nicaragua y Letras de Tesorería, del Financiamiento Interno Neto, por un monto de C$ 609,000,000,00 (SEISCIENTOS NUEVE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) En consecuencia, este monto reduce el valor nominal autorizado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en el Art. 17 de la Ley No 683, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2009.

Art. 9 Redúzcase la disponibilidad del Financiamiento Interno Neto en el monto de C$ 301,473,685.00 (TRESCIENTOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales la suma de C$ 72,555,430.00 (SETENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS) corresponde a flujo de recursos de este año y C$ 228,918,255.00 (DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a disponibilidades del tesoro de años anteriores.

Art. 10 Corríjase el artículo 1, de la Ley No 683, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2009, el cual se leerá así: Apruébese el Presupuesto General de Ingreso para el ejercicio para el ejercicio presupuestario 2009 por un monto estimado de C$ 22,984,421,436.00 (VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley de acuerdo a la distribución por fuente de ingresos. Se incluyen en este desglose las modificaciones del Anexo No I.

Art. 11 Corríjase el artículo 2, de la Ley No 683, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2009, el cual se leerá así: Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2009 en la suma de C$ 31,093,492,636.00 (TREINTA Y UN MIL NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEIS CIENTOS TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), distribuido en C$ 23,462,603,157.00 (VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y C$ 7,630,889,479.00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egreso será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluye en esta distribución las modificaciones de incremento, reducciones, que a continuación se detallan:

Art. 12 Autorícese al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la emisión de Bonos de Cumplimiento de la República de Nicaragua a 450 y 810 días de plazo hasta por un monto de C$ 17,854,363.00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) para el pago de 75% del pasivo laboral de 798 Ex trabajadores Textileros de las Empresas Hilados de Nicaragua, S.A. (HILANICA), Complejo Textil Managua, S.A. (COTEXMA), El Triunfo, S.A. y Textilera de Nicaragua, S.A. (TEXNICSA), conforme los términos del Acuerdo Ministerial del Ministerio de Hacienda y Crédito Público No 37-2008.

Art. 13 Dentro del contexto del Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP) y en correspondencia a los acuerdos con los organismos financieros internacionales, para apoyar la recuperación económica en el caso que el país consiga mayores fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Publico a incorporarse al Presupuesto General de Egresos 2009, mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser ejecutado provenientes de desembolsos de préstamos internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas/0 proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al uno por ciento del Presupuesto General de Egresos 2009 aprobado en el artículo 10 de la Ley No 696, Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2009

El Ministro de Hacienda y Crédito Público deberá informar mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de la República, la suma confirmada de incorporación en los créditos presupuestarios institucionales. La programación y registro de la ejecución presupuestaria de estos recursos se harán conforme al Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoría y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario vigente.

Art. 14 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, Managua, a los trece días del mes de octubre del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional, Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

NOTA: Ver Anexos en la Página 5915 a la 5930 Publicado en la Gaceta No 197 del 19 de Octubre del 2009.