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(SE PUBLICA EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL, RESOLUCIÓN NO. 239-2008 (COMIECO-LIII), LA QUE TAMBIÉN SE DARÁ A CONOCER EN LA PÁGINA WEB DEL MIFIC)
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 002-2009
Código de iniciativa:
Aprobado: 14/01/2009
Publicado: 24/02/2009
(SE PUBLICA EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL, RESOLUCIÓN NO. 239-2008 (COMIECO-LIII), LA QUE TAMBIÉN SE DARÁ A CONOCER EN LA PÁGINA WEB DEL MIFIC )

ACUERDO MINISTERIAL N° 002-2009. Aprobado el 14 de Enero de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 37 del 24 de Febrero de 2009

El Ministro de Fomento, Industria y Comercio

CONSIDERANDO

I
Que el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), en sus artículos 36, 37 y 55 establece que el Subsistema de Integración Económica será impulsado y perfeccionado por los actos efectuados por los órganos creados mediante el Protocolo de Tegucigalpa y el presente Instrumento, los que serán formulados a través de Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones, en los que serán detallados los órganos e instituciones que comprende el Subsistema de Integración Económica.

II
Que de conformidad con el artículo 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- los actos administrativos del Subsistema de Integración Económica se expresarán en Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones, los que serán actos obligatorios mediante los cuales, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); adoptará decisiones referentes a asuntos internos del Subsistema, tales como los relativos al funcionamiento de los órganos y el seguimiento de políticas institucionales de la integración económica.

III
Que el numeral 7 del artículo 55 del Protocolo de Guatemala establece que las Resoluciones, Reglamentos y Acuerdos deberán publicarse por los Estados Parte.

IV
Con fundamento en los artículos 6, 7, 13, 14, 15 ,17, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y, 6, 36, 37, 38,46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala.

POR TANTO:

En uso de las facultades, que le confiere el artículo 22 de la Ley 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", su Reglamento y Reformas; el artículo 138 de la Ley 453, "Ley de Equidad Fiscal" y el Acuerdo Presidencial No. 272-2007, Publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 118 del 22 de Junio del 2007.

ACUERDA:

PRIMERO: Publicar en La Gaceta, Diario Oficial, Resolución No. 239-2008 (COMIECO-LIII), la que también se dará a conocer en la página Web del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) www.mific.gob.ni.

SEGUNDO: El presente Acuerdo Ministerial, se dará a conocer a los Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los catorce días del mes de enero del año dos mil nueve. (f) ORLANDO SOLÓRZANO DELGADILLO, Ministro