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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO MUNDIAL (BM), ACTUANDO COMO ORGANISMO IMPLEMENTADOR DEL FONDO PARA EL MEDIO AMBIENTE MUNDIAL, (GEF POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), UN CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA NO REEMBOLSABLE)
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 208-2017
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 22/12/2017

Enlace a Legislación Relacionada

(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO MUNDIAL (BM), ACTUANDO COMO ORGANISMO IMPLEMENTADOR DEL FONDO PARA EL MEDIO AMBIENTE MUNDIAL, (GEF POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), UN CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA NO REEMBOLSABLE)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 208-2017, aprobado el 19 de diciembre de 2017

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 244 del 22 de diciembre de 2017
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Mundial (BM), actuando como organismo implementador del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, (GEF por sus siglas en inglés), un convenio de asistencia técnica no reembolsable, por un monto de Ciento Treinta y Seis mil, Novecientos Ochenta y Seis dólares (US$ 136,986.00) para financiar actividades para la preparación del proyecto de gestión de paisajes resilientes, a ser ejecutado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la firma del convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales y el Banco Mundial, en su calidad de fiduciario del Fondo para el Medio Ambiente Mundial.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.