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(SE EXPIDE UNA DISPOSICIÓN RELATIVA Á LA EXPORTACIÓN DE HULE)
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 21/07/1896
(SE EXPIDE UNA DISPOSICIÓN RELATIVA Á LA EXPORTACIÓN DE HULE)

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 13 de julio de 1896

Publicado en La Gaceta N° 37 del 21 de julio de 1896

Para evitar la extinción de los árboles de hule en los bosques nacionales y fomentar su cultivo en plantaciones arregladas conforme á la ley de primas, el Presidente de la República, decreta:

1°—Desde el 1° de Enero próximo queda prohibida, en todos los puertos de la República, la exportación del hule que no haya sido cultivado en planteles arreglados de conformidad con las leyes de 6 de Marzo de 1883 y 23 del mismo mes de 1887.

2°—La prohibición anterior durará diez años, contados desde la fecha indicada, y los que la contraríen serán castigados de acuerdo con el Reglamento de Defraudaciones Fiscales, y perderán además, el hule á beneficio del Fisco é incurrirán en una multa del cuatro tanto de su valor.

3°—Sólo podrá exportarse el hule sembrado en plantaciones regulares formadas, como se ha dicho antes, de conformidad con las leyes de primas de 1883 y 1887; pero para verificarlo, deberán los exportadores matricular previamente sus fincas de hule en la Administración de Rentas del distrito, expresando número y edad de los árboles. Esta matrícula, que será gratuita, debe hacerse todos los años en los primeros días de Enero, para que pueda producir efecto. También deberán los exportadores sacar guías á la orden, para que puedan traspasarlas, de la misma Administración de Rentas, mostrando su matrícula del año y enviando copia de ésta y de las guías al Ministerio de Hacienda.

4°—Los que extrajeren hule de los bosques nacionales serán considerados como contrabandistas y juzgados y penados como tales, de oficio y por cualquier autoridad del orden judicial ó de policía.

5°—Dése cuenta con la presente ley á la próxima Legislatura.
Comuníquese—Managua, 13 de Julio de 1896—J. S. Zelaya—El Subsecretario de Hacienda—F. Mayorga.