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"REGIONALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA Y PUESTA EN MARCHA DEL SUBSISTEMA EDUCATIVO AUTONÓMICO REGIONAL EN LOS NIVELES Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA RAAN"
Materia: Pueblos Originarios y Afrodescendientes, Autonomía Regional, Educación, Cultura
Rango: Resoluciones
Número: 05-03-11-2010
Código de iniciativa:
Aprobado: 03/11/2010
Publicado: 10/02/2011

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"RACIONALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA Y PUESTA EN MARCHA DEL SUBSISTEMA EDUCATIVO AUTONÓMICO REGIONAL EN LOS NIVELES Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA RAAN"

RESOLUCIÓN N°. 05-03-11-2010, Aprobada el 03 de Noviembre del 2010

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 27 del 10 de Febrero del 2011

El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política de la República, El Estatuto de Autonomía (ley No. 28), su Reglamento y el Reglamento Interno Administrativo, emite la siguiente Resolución sobre:

"REGIONALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA Y PUESTA EN MARCHA DEL SUBSISTEMA EDUCATIVO AUTONÓMICO REGIONAL EN LOS NIVELES Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA RAAN"

CONSIDERANDO

I

Que de conformidad con el artículo 11 de la ley 290 (Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo), en conjunto el Gobierno Regional, administra los programas de salud, educación, cultura, abastecimiento, transporte, servicios comunales y otros en coordinación con los Ministerios de Estado correspondientes.

II

Que el Arto. 82 numeral 4 del Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Caribe Norte establece que por medio de la Comisión Regional de Educación velará por la concreción del Modelo Educativo Regional en conjunto con la Coordinación del Gobierno Regional.

III

Que en base a la Ley 28 y su Reglamento, Ley 582, Ley 550 y la Ley de Transferencia, ordenan administrar la educación, coordinar con el Ministerio de educación y la transferencia de los medios y recursos a las Regiones Autónomas del Caribe de Nicaragua.

IV

Que de conformidad a la Ley 582, Artículo 6 numeral h, mandata a la creación del Sistema Educativo Nacional, el cual está integrado por el Subsistema de Educación Básica y Media, Subsistema de Educación Técnica y Profesional, Subsistema de Educación Autonómica Regional (SEAR), Subsistema de Educación Extraescolar y Subsistema de Educación Superior. La organización de los subsistemas se lleva a cabo a través de instancias niveles y modalidades integradas y articulados vertical y horizontalmente, para garantizar la formación progresiva del ciudadano nicaragüense.

V

Que de acuerdo al Artículo 39 de la Ley General de Educación, "la educación en las Regiones Autónomas es un derecho fundamental de los pueblos indígenas, afro-descendientes y comunidades étnicas de la Costa Caribe, reconocido en la Constitución Política del país y como servicio público indeclinable a cargo del estado y es indisoluble de la Autonomía Regional".

VI

Que en el marco de las prioridades establecidas dentro del proceso de Regionalización del modelo educativo Regional, es hacer funcionar el desarrollo Regional de los distintos Sectores de la educación, por lo que se debe de coordinar con el Ministerio de Educación a Nivel Nacional, la verdadera aplicabilidad tanto administrativa como operativa, a través de la Secretaría Regional de Educación (SRE), en el marco de mejorar los distintitos niveles educativos, hacia los habitantes de la Región Autónoma del Atlántico Norte, establecido dentro la Ley No. 28 y su Reglamento, que es el de conducir y rectorear los Planes de Desarrollo y los procesos en la conformación del Modelo Desarrollo de la Región.

VII

Que en correspondencia a las capacidades de los recursos Presupuestarios proveniente del Tesoro Nacional, que le asigna anualmente el Gobierno Central y de la disponibilidad de los recursos económicos – financieros captados por la vía de otras fuentes, la Secretaría Regional de Educación y la Comisión Regional de Educación (CRE), deberán de cumplir con el mandato expreso del Consejo Regional y el de asegurar el funcionamiento y cumplimiento de las tareas dentro del ámbito de su responsabilidad, para contribuir al fortalecimiento Institucional de la Autonomía.

Por tanto:

RESUELVE

Único: Mandatar al Consejo Regional y a la Coordinación del Gobierno Regional, a través de la Comisión de Educación del CRAAN y a la Secretaría de Educación del GRAAN, para asumir las atribuciones de rectorar, dirigir, coordinar y administrar el Subsistema Educativo Autonómico Regional (SEAR) sobre la base de lo establecido en la Constitución Política, Ley de Autonomía, Ley General de Educación y otras leyes pertinentes, con calidad, equidad, eficiencia, transparencia y participación ciudadana, promoviendo los derechos étnicos, lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas, afro-descendientes y comunidades étnicas, asegurando el desarrollo humano sostenible en lo económico, social, político y cultural de la Región Autónoma del Atlántico Norte de Nicaragua.

Téngase como Resolución
¡Publíquese y Cúmplase!

Dado en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas Sede Administrativo de la Regional de la Región Autónoma del Atlántico Norte, a los días tres del mes de Noviembre del año Dos Mil Diez. Carlos Alemán Cunningham, Presidente de Junta Directiva Consejo Regional Atlántico Norte. Roberto Wilson Watson, Primer Secretario de Junta Directiva Consejo Regional Atlántico Norte.