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REFORMA DEL ACUERDO MINISTERIAL MIFIC No. 067-2006 CONTINGENTE ARANCELARIO DE ARROZ GRANZA
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 080-2006
Código de iniciativa:
Aprobado: 06/12/2006
Publicado: 12/01/2007
REFORMA DEL ACUERDO MINISTERIAL MIFIC No. 067-2006
CONTINGENTE ARANCELARIO DE ARROZ GRANZA

ACUERDO MINISTERIAL No. 080-2006, Aprobado el 06 de Diciembre del 2006

Publicado en La Gaceta No. 9 del 12 de Enero del 2007

EL MINISTRO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

CONSIDERANDO

I

Que la disminución mundial de la producción de arroz, ha tenido como efecto el retraso en el cumplimiento de los contratos por los proveedores internacionales;
II

Que debido a lo anterior, es necesario prorrogar el plazo para la importación del contingente arancelario de importación por desabastecimiento para arroz granza, establecido en el Acuerdo Ministerial MIFIC No. 067-2006, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 194 del 6 de octubre del 2006.
POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reglamento y Reformas;
ACUERDA:

PRIMERO: Se reforma la Cláusula Segunda del Acuerdo Ministerial MIFIC No. 067-2006, la que se leerá de la siguiente manera:

“SEGUNDO: El período para la asignación del contingente comprenderá desde el quince de octubre hasta el treinta de noviembre del año dos mil seis.

El período de vigencia del contingente comprenderá desde el día quince de octubre del dos mil seis hasta el treinta y uno de enero del año dos mil siete.

SEGUNDO: Las demás Cláusulas del Acuerdo Ministerial MIFIC No. 067-2006, continúan vigentes.

TERCERO: Comunicar las modificaciones a las que se refiere el presente Acuerdo Ministerial a los Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efectos de cumplir con lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

CUARTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua a los seis días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALEJANDRO ARGÜELLO CH., Ministro.