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CRÉASE DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES BAJO MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Materia: S/Definir
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 1
Código de iniciativa:
Aprobado: 29/11/1977
Publicado: 04/01/1978
CRÉASE DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES BAJO MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO N°. 1, aprobado el 29 de noviembre de 1977

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 01 del 04 de enero de 1978

DECRETO No. 1

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO


Que el volumen de programas que el Ministerio de Educación Pública desarrolla conjuntamente con Organizaciones Internacionales, amerita conocer objetivamente la situación de la educación a nivel internacional, para atender cuidadosamente los compromisos económicos y técnicos que origina,

Considerando:

Que para el cumplimiento de tan altas funciones se requiere organizar y coordinar dichas acciones siendo imprescindible el establecimiento de un servicio que se encargue específicamente de llevar todo lo relacionado con Organismos Internacionales.

Por Tanto:

Con fundamento en el Arto. 194 ordinales 3) y 4) de la Constitución Política,

Decreta:

Artículo 1.- Crear bajo la dependencia del Ministerio de Educación Pública, la Dirección General de Organismos Internacionales a través de la cual todas las dependencias de este Ministerio canalizarán lo relacionado con acciones al Exterior.

Artículo 2.- La Dirección General de Organismos Internacionales tendrá las siguientes finalidades:

a) Coordinar con la Dirección de Planificación de la Educación y las otras Direcciones del Ministerio de Educación Pública la Asistencia Técnica Internacional;

b) Servir de enlace entre el Ministerio de Educación Pública, con Planificación Nacional, Relaciones Exteriores, Embajadas, Representaciones en el país de Organismos Internacionales y otras dependencias que lo requieran;

c) Coordinar las becas al exterior que concedan los Organismos internacionales al Ministerio de Educación Pública, seleccionando candidatos idóneos asesorado con los Directores de Programas del Ministerio de Educación Pública con que se relacione determinada Beca;

d) Administrar las acciones de refuerzo que los diferentes Organismos Internacionales dan para Programas de Educación, con Directores o Jefes de Sección de este Ministerio;

e) Velar porque se mantengan actualizadas las cuotas con Organismos Internacionales de conformidad con las disposiciones presupuestarias;

f) Preparar y organizar documentos para las reuniones de Organismos Internacionales que se efectúen dentro y/o fuera del país, en cooperación con las Direcciones y oficinas del Ministerio de Educación Pública, que tengan relación con el contenido del documento;

g) Mantener informaciones actualizadas sobre resoluciones emitidas en Reuniones Internacionales y preparar ponencias para ser sometidas en las subsiguientes reuniones de los Organismos Internacionales correspondientes;

h) Mantener archivos bien organizados y actualizados de cada Organismo Internacional;

i) Presentar al Ministerio de Educación Pública, informes semestrales y anuales de todo lo relacionado a esta Dirección General.

Artículo 3.- Para que la Dirección General de Organismos Internacionales cumpla con sus objetivos, estará constituida por un Director General y el personal de apoyo necesario.

Artículo 4.- Este Decreto surte efectos de Ley a partir de su publicación en "La Gaceta," Diario Oficial.

Casa Presidencial.- Managua, D. N., 29 de Noviembre de 1977.- A. SOMOZA D ., Presidente de la República.- Helia María Robles Sobalvarro, Ministro de Educación Pública".