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ORDENANZA MUNICIPAL QUE NORMA LO RELATIVO A LA TALA Y DESRAME DE ÁRBOLES EN EL MUNICIPIO DE CORINTO.
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Ordenanzas Municipales
Número: 1
Código de iniciativa:
Aprobado: 17/07/1998
Publicado: 23/08/1999

ORDENANZA MUNICIPAL QUE NORMA LO RELATIVO A LA TALA Y DESRAME DE ÁRBOLES EN EL MUNICIPIO DE CORINTO.

ORDENANZA MUNICIPAL No. 1, Aprobada el 17 de Julio de 1998.

Publicada en La Gaceta No. 160 del 23 de Agosto de 1999.

El Alcalde Municipal de Corinto, hace saber a sus habitantes, que el Consejo Municipal ha dictado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE NORMA LO RELATIVO A LA TALA Y DESRAME DE ÁRBOLES EN EL MUNICIPIO DE CORINTO.

El Concejo Municipal de Corinto.

C O N S I D E R A N D O

I

Que en los últimos años se ha hecho notorio el uso irracional forestal del país, así como la quema de miles de hectáreas de bosques tropicales, que son zonas ricas en biodiversidad, lo que ha provocado daños irreversibles a la naturaleza y al medio ambiente, siendo comprobado con la niebla seca que cubrió el Puerto en el mes de abril de 1998

II

Que es competencia del Municipio desarrollar, conservar y controlar el uso racional del medio ambiente y los recursos naturales como base del desarrollo del Municipio. además fomentar iniciativas locales en estas á reas, contribuyendo en su vigilancia y control

III

Que no existe control en la tala y desrame de árboles, y por ser el Puerto de Corinto en su noventa y cinco por ciento zona urbana, y no contar con áreas forestales, las cuales son importantes no solo por su valor económico, sino por los múltiples beneficios, como son la purificación del aire que respiramos, el mantenimiento de la frescura del ambiente, la protección del suelo contra la erosión, el embellecimiento del paisaje y otros

POR TANTO

El Concejo Municipal de Corinto, con el objeto de preservar y recuperar los recursos naturales del Puerto, así como contribuir a la sanidad del medio ambiente, y ayudar a mitigar los problemas metereológicos presentados en los últimos años. En uso de sus facultades que le confieren los Artos. 7 inciso 8; de la Ley de Municipios Reformada y el Artículo 16 de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.

ORDENA

I.- Se prohíbe podar o talar cualquier tipo de árbol ya sea que se encuentre en terrenos privados o en zonas pertenecientes a la comunidad, según los artículos 54 y 141 de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales

II.- Toda persona que desee podar, desramar o talar cualquier tipo de á rbol en los terrenos mencionados en el inciso anterior, deberá solicitar previa autorización al Departamento de Recursos naturales y Medio Ambiente de la Alcaldía Municipal, el cual antes de aprobar dicha solicitud realizará inspección técnica del porqué del acto.

III.- Solo se podrán realizar las labores de poda, desrame o tala de cualquier tipo de árbol, previa autorización de la municipalidad, cuando sea por:

1= 0bstrucción del tendido eléctrico

2= Peligro en contra de la ciudadanía

3= Mantenimiento o formación del árbol

4= 0bstaculización de la vía pública

5= Construcción o ampliación de vivienda

IV. Para los casos en que se realice poda o desrame, en ninguno de éstos se permite dejar el árbol completamente desprovisto del follaje.

V. Para los casos en que se autorice la tala de árboles, el responsable de éste acto deberá, plantar un árbol, ya sea de la misma especie talada o de las especies nativas en peligro de extinción, con el objeto de reponer el daño causado al medio ambiente

VI. En los casos de incumplimiento con las disposiciones antes mencionadas, el o los actores del hecho, serán sancionados con multas de cincuenta a mil córdobas (C$ 50.00 a C$ 1,000.00), en dependencia del daño causado

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad y Puerto de Corinto a los diecisiete días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho. Danilo A. Lara Marenco. Alcalde Municipal. Jairo Jiménez Delgado. Secretario del Concejo. Martha Hernández Altamirano. Concejal. Omar Martínez Aguilar. Concejal. Ninfa Sequeira Mayorga. Concejal.