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LEY QUE DEROGA LA LEY DEL SERVICIO MILITAR PATRIÓTICO
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Leyes
Número: 120
Código de iniciativa:
Aprobado: 14/12/1990
Publicado: 03/01/1991
LEY QUE DEROGA LA LEY DEL SERVICIO MILITAR PATRIÓTICO

LEY N°. 120 Aprobado el 14 de Diciembre 1990

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 2 del 3 de Enero de 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando

I

Que es necesario llevar tranquilidad y seguridad a la familia Nicaragüense, garantizando a los jóvenes el derecho a no ser reclutados al Servicio Militar Patriótico en forma compulsivo.

II

Que es urgente derogar una Ley suspendida para evitar la amenaza que pende sobre la juventud Nicaragüense, hasta que se pueda dictar otra más acorde con la realidad nicaragüense,

En uso de sus facultades

Ha dictado

La siguiente:

LEY QUE DEROGA LA LEY DEL SERVICIO MILITAR PATRIÓTICO

Artículo 1.- Derógase la Ley del Servicio Militar Patriótico, Decreto No. 1327, publicado en "La Gaceta" No. 228 del 6 de Octubre de 1983.

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa.- Myriam Argüello Morales, Presidente de la Asamblea Nacional.- Alfredo César Aguirre, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto.- Téngase como Ley de la República.- Publíquese y Ejecútese.- Managua, catorce de Diciembre de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamarro, Presidente de la República.