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REGLAMENTO PARA EL REGISTRO NACIONAL ÚNICO DE ENTIDADES DEPORTIVAS, DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DE RECREACIÓN FÍSICA
Materia: Deporte y Recreación Física
Rango: Resoluciones
Número: I.N.D 04/05/2022
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 01/06/2022

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REGLAMENTO PARA EL REGISTRO NACIONAL ÚNICO DE ENTIDADES DEPORTIVAS, DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DE RECREACIÓN FÍSICA

RESOLUCIÓN I.N.D 04/05/2022, aprobada el 04 de mayo de 2022

Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N°. 99 del 01 de junio de 2022

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES
RESOLUCIÓN I.N.D 04/05/2022

El suscrito Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Deportes (IND), en uso de las facultades que le confiere la Ley N°. 1107, Ley de Reforma a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del dos de febrero del año dos mil veintidós.

CONSIDERANDO

I

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley 522, Ley General del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física, el Instituto Nicaragüense de Deportes (IND) es el organismo superior de gubernamental encargado de regir, normar y orientar lo concerniente al deporte la educación física y la recreación física a nivel nacional.

II

Que de acuerdo al artículo 53 del mismo cuerpo legal, el Registro Nacional Único de Entidades Deportivas, de Educación Física y de Recreación Física, está bajo la organización, administración y dirección del Instituto Nicaragüense de Deportes, funcionando como dirección especifica de la Institución.

III

Que el Decreto N°. 39-2005, Reglamento a la Ley General del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física, establece en su Artículo 60 que, el IND queda facultado para emitir los reglamentos internos, resoluciones y disposiciones, en el ámbito de su competencia, que sean pertinente conforme sus funciones establecidas en la Ley.

IV

Que para el cumplimiento de las funciones y atribuciones que la Ley 522, Ley General del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física y su Reglamento le otorgan al Registro Nacional Único de Entidades Deportivas, de Educación Física y de Recreación Física, es necesario la reglamentación pertinente que respalde y regule sus actuaciones, dentro del marco legal.

POR TANTO,

En uso de las facultades y considerandos antes enunciados,

RESUELVE:

Apruébese el presente Reglamento para el Registro Nacional Único de Entidades Deportivas, de Educación Física y de Recreación Física (RENUEDEFYR), debiéndose implementar con carácter obligatorio por todas las Entidades e Instituciones sujetas a la Ley 522.

Publíquese en la Gaceta Diario Oficial. En la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.

(F) ARQ. MARLON TORRES ARAGÓN. DIRECTOR EJECUTIVO. IND