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SUPRÍMENSE LOS PASAPORTES PARA EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: S/N
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 30/12/1893

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Sin Vigencia

SUPRÍMENSE LOS PASAPORTES PARA EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 29 de diciembre de 1893

Publicado en La Gaceta,Diario Oficial N°. 98 del 30 de diciembre de 1893

Suprímanse los pasaportes para el interior de la República.

El Presidente de la República considerando: que el uso de pasaportes para trasladarse de un departamento á otro en la República se hace embarazoso al público, y en el deseo de evitar dificultades á los transeúntes, decreta:

Art. 1° Derogase el uso de pasaportes para transitar en el interior de la República.

Art. 2° Esta ley comenzará á regir desde su publicación.

Comuníquese— Managua, 29 de diciembre de 1893— Zelaya— El Ministro de la Gobernación— F. Baca, h.