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(Otórguese Plenos Poderes a la Compañera Alba Azucena Torres Mejía, Ministra Asesora del Presidente de la República para Políticas y Relaciones Internacionales, firme el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Osetia del Sur, sobre la Exención de los Requisitos de Visado para Titulares de Pasaporte Diplomático, Oficial, de Servicio y Ordinario”)
Materia: Normas Jurídicas
Rango: Categoría normativa:
Número: 27-2025
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 19/02/2025
(OTÓRGUESE PLENOS PODERES A LA COMPAÑERA ALBA AZUCENA TORRES MEJÍA, MINISTRA ASESORA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES, FIRME EL “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE OSETIA DEL SUR, SOBRE LA EXENCIÓN DE LOS REQUISITOS DE VISADO PARA TITULARES DE PASAPORTE DIPLOMÁTICO, OFICIAL, DE SERVICIO Y ORDINARIO”)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 27-2025, aprobado el 17 de febrero de 2025

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 33 del 19 de febrero de 2025

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 27-2025

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Otórguese Plenos Poderes a la Compañera Alba Azucena Torres Mejía, Ministra Asesora del Presidente de la República para Políticas y Relaciones Internacionales y Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Nicaragua ante la Federación de Rusia, Abjasia, Osetia del Sur, Belarús, Kazajistán, Kirguistán, Armenia, Mongolia y Azerbaiyán, conforme Acuerdo Presidencial N°. 187-2024, aprobado el 25 de octubre de 2024, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 199 del 30 de octubre de 2024, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, firme el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Osetia del Sur sobre la Exención de los Requisitos de Visado para Titulares de Pasaporte Diplomático, Oficial, de Servicio y Ordinario.”, con las autoridades de la República de Osetia del Sur.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo Presidencial es suficiente para acreditar la facultad de la Compañera Alba Azucena Torres Mejía, Ministra Asesora del Presidente de la República para Políticas y Relaciones Internacionales y Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Nicaragua ante la Federación de Rusia, Abjasia, Osetia del Sur, Belarús, Kazajistán, Kirguistán, Armenia, Mongolia y Azerbaiyán, en calidad concurrente, con sede en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, para actuar en representación del Gobierno de la República de Nicaragua de conformidad con el contenido del Artículo 1 del presente Acuerdo Presidencial.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecisiete de febrero del año dos mil veinticinco. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.