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[Autorizar al compañero Ervin Enrique Barreda Rodríguez, Presidente Ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL), para que, Actuando en Nombre y Representación del Gobierno de la República de Nicaragua, Suscriba con la Empresa China Communications Construction Company Limited (CCCC) de la República Popular China, Contrato de "Proyecto Construcción de Planta Fotovoltaica para la Operación de los Sistemas de ENACAL (ENESOLAR-3/ APAS)]
Materia: Normas Jurídicas
Rango: Categoría normativa:
Número: 176-2024
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 02/10/2024
[AUTORIZAR AL COMPAÑERO ERVIN ENRIQUE BARREDA RODRÍGUEZ, PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS (ENACAL), PARA QUE, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON LA EMPRESA CHINA COMMUNICATIONS CONSTRUCTION COMPANY LIMITED (CCCC) DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, CONTRATO DE “PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE PLANTA FOTOVOLTAICA PARA LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ENACAL (ENESOLAR-3/APAS)]

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 176-2024, aprobado el 02 de octubre de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 179 del 02 de octubre de 2024

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 176-2024

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al compañero Ervin Enrique Barreda Rodríguez, Presidente Ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL), para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con la empresa China Communications Construction Company Limited (CCCC) de la República Popular China, Contrato de “Proyecto Construcción de Planta Fotovoltaica para la Operación de los Sistemas de ENACAL (ENESOLAR-3/APAS) en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya”.

Artículo 2. La certificación de este acuerdo acreditará la representación del compañero Ervin Enrique Barreda Rodríguez, Presidente Ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL) en la firma del Contrato referido en el artículo I del presente Acuerdo.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua. Casa de Gobierno. República de Nicaragua, el día dos de octubre del año dos mil veinticuatro. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.