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(Apruébase la Constitución de la Cooperativa de Pescadores de San Juan del Sur, R.L.)
Materia: Normas Jurídicas
Rango: Categoría normativa:
Número: 57
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 27/12/2024
(APRUÉBASE LA CONSTITUCIÓN DE LA COOPERATIVA DE PESCADORES DE SAN JUAN DEL SUR, R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 57, aprobada el 30 de octubre de 2024

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 27 de diciembre de 2024

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en los Libros de Registro que lleva la Dirección General de Asociatividad y Fomento Cooperativo del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa se encuentra inscrita Resolución que integra y literalmente dice: Resolución n° 57. Ministerio del Trabajo Departamento de Promoción del Cooperativismo. Managua Distrito Nacional, Veintiuno de abril de mil novecientos noventa y siete. Las once de la mañana con fecha veintiuno de abril de mil novecientos setenta y siete, presento a este departamento el proyecto de factibilidad de la COOPERATIVA DE PESCADORES DE SAN JUAN DEL SUR, R.L., Constituida en acta de las ocho de la noche del día uno de abril de mil novecientos setenta y siete habiendo autenticado las firmas del documento constitutivo el notario Doctor René H. Vallejos Vega, en acta notarial n° ciento cuatro de las tres de la tarde del día 20 de abril de mil novecientos setenta y siete. El departamento previo estudio del proyecto lo declaro elegible y en base a esto los interesados solicitaron formalmente la personería jurídica de la Cooperativa, dicho departamento fundado en los artos. 2, 20 inc d) 24, 74 inc d) de la Ley General de Cooperativa y artos. 23 y 27 del Reglamento de la Misma RESUELVE: Se aprueban todas y en cada una de las partes la Constitución de la COOPERATIVA DE PESCADORES DE SAN JUAN DEL SUR, R.L., que tendrá su domicilio legal en el Puerto de San Juan del Sur, Departamento de Rivas, se inicia con dieciséis cooperados (16) con un capital pagado de C$ 16,000.00 (Dieciséis mil córdobas netos) con la siguiente Junta Directiva Provisional: PRESIDENTE: ALFREDO POMARES , SECRETATRIO: SALOMÓN SILVA CORDERO, TESORERO PETER FREUDEMANN, VOCAL: OSWALDO GUADAMUZ, VOCAL: JOSÉ POMARES. Cópiese esta Resolución en el Libro Respectivo, inscríbase en el Registro Nacional de Cooperativas que lleva este Departamento. Publíquese íntegramente esta Resolución en la Gaceta Diario Oficial. Razónese los Documentos y Devuélvase las copias a los interesados, archivando el original en esta oficina (F) Ilegible perteneciente a Lic. Adolfo gracia rosales promotor del cooperativismo. Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado a los treinta días del mes de Octubre del año dos mil veinticuatro, (f) Darling Alcoser Alcoser, Delegada Departamental.