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La Suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amalia Coronel Kinloch, Acuerda Aprobar Personalidad Jurídica a 08 Federaciones Deportivas
Materia: Normas Jurídicas
Rango: Categoría normativa:
Número: 07-2026-OSFL
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 24/07/2026
LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR PERSONALIDAD JURÍDICA A 08 FEDERACIONES DEPORTIVAS

ACUERDO MINISTERIAL N°. 07-2026-OSFL, aprobado el 16 de julio de 2026

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 135 del 24 de julio de 2026

ACUERDO MINISTERIAL No. 07-2026-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda aprobar Personalidad Jurídica a 08 Federaciones Deportivas

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

Es facultad del Ministerio del Interior otorgar personalidad jurídica a los Organismos sin Fines de Lucro mediante Acuerdo Ministerial, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 numeral 7, artículo 30 del texto consolidado de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 09 del 18/01/2024.

III

Que las 08 Federaciones Deportivas, han solicitado a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, personalidad jurídica, las cuales cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 31 del texto consolidado de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 09 del 18/01/2024:

1. Federación de Levantamiento de Pesas de Nicaragua (FELEPNI).
2. Federación de Nicaragüense de Levantamiento de Potencia (FENILEPO).
3. Federación Nacional de Balonmano (FENAB).
4. Federación Nicaragüense de Tenis de Mesa (FENITEM)
5. Federación Nicaragüense de Tiro Deportivo (FENITID).
6. Federación Nicaragüense de Hockey sobre Césped (FENIHOSOCE)
7. Federación Nacional de Judo de Nicaragua (FENJUNIC).
8. Federación de Surf de Nicaragua (FEDESURFNICA).

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reforma, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior” y la N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, sus Reformas y Reglamento, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Otorgar Personalidad Jurídica a las 08 Federación Deportivas siendo estos organismos sin fines de lucro y de duración indefinida.

1. Federación de Levantamiento de Pesas de Nicaragua (FELEPNI
2. Federación de Nicaragüense de Levantamiento de Potencia (FENILEPO).
3. Federación Nacional de Balonmano (FENAB).
4. Federación Nicaragüense de Tenis de Mesa (FENITEM)
5. Federación Nicaragüense de Tiro Deportivo (FENITID).
6. Federación Nicaragüense de Hockey sobre Césped (FENIHOSOCE)
7. Federación Nacional de Judo de Nicaragua (FENJUNIC).
8. Federación de Surf de Nicaragua (FEDESURFNICA).

SEGUNDO: La Representación Legal de los OSFL Deportivas, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos, cumpliendo con las Leyes de la materia.

TERCERO: Las 08 Federación Deportivas, deberán cumplir con sus obligaciones conforme la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, Reglamento y demás Leyes de la República de Nicaragua. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a las cuatro de la tarde del día dieciséis de julio del año dos mil veintiséis, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.